Condenas rurales

El expresidente Carlos Menem y el exministro de Economía, Domingo Cavallo, fueron condenados por la venta del predio ferial La Rural, por hacerse a precio vil y de forma irregular.

En la misma causa, los directivos de la Sociedad Rural y los tasadores fueron absueltos. Mientras que Menem recibió una pena de tres años y nueve meses de prisión, para Cavallo fue de tres años y medio.

El Tribunal Oral Federal 2 encontró al expresidente «autor penalmente responsable del delito de peculado». Cavallo fue condenado por ser «partícipe necesario del delito de peculado». Ambos exfuncionarios fueron inhabilitados de por vida para ejercer cargos públicos.

Los miembros del tribunal, los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y José Michelini fallaron por mayoría y estuvieron de acuerdo en las condenas y las absoluciones pero no en el monto de las penas, que quedaron determinadas con los votos de Giménez Uriburu y Michelini.

La venta del terreno a la Sociedad Rural se autorizó por decreto presidencial el 20 de diciembre de 1991. La operación se hizo por 30 millones de pesos/dólares, de los que 3 millones se entregaron cuando se firmó el boleto. La tasación fue hecha por exfuncionarios del Ministerio de Economía y de los bancos Ciudad e Hipotecario. Durante la posterior investigación judicial, los peritos de la Corte Suprema establecieron que el precio de ese predio era de 131.800.000 de pesos/dólares.

Otros funcionarios involucrados en la venta, los exintegrantes de la Comisión de Venta de Inmuebles Estatales del Ministerio de Economía, Matías Ordóñez y Gastón Figueroa Alcorta, fueron condenados a tres años de prisión en suspenso por considerarlos partícipes necesarios del delito. Los directivos de la SRA y sus tasadores (Eduardo De Zavalía, Raúl Angelini, Juan Alberto Ravagnan, Jorge Frost, Carlos Ratto, Daniel Ivakhoff, Ricardo Schapiro y Juan Manuel Insúa) fueron absueltos. El tribunal no pudo probar que los directivos de La Rural hayan participado de las irregularidades ni que haya existido intención delictiva de los tasadores de haber valuado el predio a un precio muy inferior.

La fiscal de la causa, Gabriela Baigún, había solicitado que el terreno volviera a manos del Estado nacional. Pero el tribunal dispuso que la sentencia le sea notificada al juzgado en lo civil y comercial federal donde se tramita una causa con el mismo planteo presentada por la SRA contra el Estado.

En su alegato, la fiscal había manifestado que estaba comprobada que la venta se hizo a un precio vil y en forma directa cuando se debió haber llamado a una licitación pública. También señaló que era necesaria la aprobación del Congreso Nacional, ya que la Constitución Nacional establece que debe autorizar la enajenación de tierras del Estado nacional.

Finalmente, Baigún subrayó que se trataba de un bien de dominio público pero fue convertido en privado y que la tasación del predio estuvo a cargo del Banco Ciudad cuando debió efectuarla el Tribunal de Tasación.

El actual titular de la SRA, Daniel Pelegrina, dijo que «la Sociedad Rural Argentina está convencida de que su sobreseimiento es la decisión judicial que más se ajusta a derecho», y añadió que la entidad «continuará sosteniendo y defendiendo sus derechos sobre el Predio Ferial de Palermo». «La Rural nada tuvo que ver con esa decisión de poner el predio a la venta, que fue realizada cumpliendo los requisitos legales y a un precio acorde con las restricciones y obligaciones que se asumían. Solo tenía dos opciones: aceptarlas o perder el predio», expresó Pelegrina.

Por su parte, el extitular De Zavalía señaló, previa a la lectura del fallo, que «la acusación carece de fundamentos. La venta se hizo con todos los requisitos legales y no hubo acto alguno de corrupción». El 28 de mayo se conocerán los fundamentos de la sentencia y, tanto las defensas como la Fiscalía y la Agencia de Administración de Bienes del Estado (que oficia de querellante y pidió condena para todos los acusados), podrán apelar el fallo para que lo revise la Cámara Federal de Casación Penal.