Default o endeudamiento, esa es la cuestión

Qué significa el proyecto de Ley de Pago Soberano Local anunciado por la presidente Cristina Fernández de Kirchner.
El mismo fue anunciado este martes a las 21 horas por Cadena Nacional y prevé, entre otras cosas, la creación de un nuevo agente de pago nacional de deuda pública en reemplazo del Bank of New York Mellon (BoNY), la posibilidad de que el 92,4% de los bonistas, que accedieron al canje con una quita que ronda el 70%, cobren voluntariamente cubiertos por legislación argentina, y la apertura de una cuenta separada para el 7,6% de los holdouts (o llamados fondos buitre) que decidan acceder a un nuevo canje voluntario en las mismas condiciones que sus iguales, lo cual es muy difícil que pase.
Así, el gobierno argentino desconoce el fallo de la corte norteamericana y busca nacionalizar, de alguna forma, la jurisdicción sobre la deuda externa, declarándola de interés público y posibilitando que aquellos bonistas que deseen cobrar en las condiciones acordadas en el canje puedan hacerlo a través de una cuenta gestionada por Nación Fideicomisos S.A., una empresa del Banco de la Nación Argentina (BNA), exclusiva para el pago a los acreedores de títulos públicos de deuda externa. La modalidad fideicomiso implica la creación de cuentas con fondos estatales depositados por el Ministerio de Economía con el único objeto de servir a la evacuación de la deuda reestructurada en símiles condiciones para todos los bonistas.
La medida apunta a favorecer a los acreedores que entraron al canje y evitar la activación de la claúsula RUFO, que podría verse afectada si el Gobierno Nacional decidiera pagar a los holdouts de MNL los 1,5 billones de pesos que reclaman según el último fallo del juez Thomas Griesa, generando una desigualdad de condiciones entre bonistas que entraron al canje y bonistas que no (holdouts).
De ser aprobado por el Congreso, el proyecto de ley autorizaría al Ministerio de Economía a rescindir el contrato con el Banco de New York, dañando la reputación financiera internacional de Argentina, pero salvando relaciones con aquellos bonistas internacionales que hoy desean cobrar. Si logra aceptación, la medida favorecería el mantenimiento de obligaciones y podría ser una nueva arma de negociación con los holdouts para una tercera reestructuración de la deuda externa.

¿Qué pasó?

El pasado 30 de julio de 2014 Argentina entró en el 8° default de su historia después de 13 años, en aquel 2001 donde la deuda externa golpeaba el techo de los 145.000 millones de dólares. Gracias a los procesos de reestructuración de deuda gestionados en 2005 y 2010, el 92,4% de los bonistas que poseían deuda pública en ese entonces accedieron a cobrar una ganancia limitada, mientras que hubo un 7,6% restante que no lo hizo. A este último grupo pertenece un conglomerado de acreedores encabezado por el capital extranjero estadounidense Elliot Management con su filial MNL, que lleva una década demandando a la Argentina en la corte de Estados Unidos con el objetivo de cobrar el valor total de la deuda, sin oportunidad de renegociar su valor con el Gobierno Nacional.
Mediante el último fallo favorable a estos capitales, el juez Griesa obligó a la Argentina a una cesación de pagos o «default selectivo», estableciendo que Argentina solo podría pagarle intereses a los bonistas del canje a través del Banco de New York si primero pagaba sus obligaciones a MNL con una tasa de ganancia de 1.608% (a pesar de que el gobierno negoció un canje con la mayoría de los bonistas a un 300%). Si el gobierno elige acatar el fallo (todavía está a tiempo si el proyecto de ley es rechazado), la deuda se multiplicaría, ya que no solo los holdouts restantes reclamarían con el fallo como antecedente, sino que el 92,4% de los que entraron al canje resignando ganancias volverían buscando la diferencia: la deuda ascendería a un total de 120.000 millones de dólares, lo cual supera por mucho las reservas actuales en el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
En resumen, lo que se intenta es recuperar soberanía sobre la política económica, aquello que lamentablemente se perdió gracias al proceso de endeudamiento o bicicleta financiera en el que se sumió Argentina a partir de 1976, con el auge de liquidez en los mercados financieros internacionales y la contracción de deuda compulsiva a tasas de interés bajas. Existían por el momento 2 opciones: obedecer el fallo de la corte norteamericana y sumir a la Argentina en un nuevo proceso multiplicador de endeudamiento o no acatar el default. Ambas contemplan situaciones de pérdida para Argentina, lo que el Congreso deberá dirimir es cuál de ellas representa un menor daño a futuro.