ESI: calidad del sistema educativo

En los últimos meses se abrió una polémica en relación a la implementación de la Ley de Educación Integral (ESI). Mientras estudiantes, organizaciones sociales y docentes reclaman su efectiva aplicación, grupos de padres y agrupaciones religiosas se oponen a la iniciativa de reforma de esta ley, por considerarla perjudicial para sus hijos. Tras la disputa de una problemática tan compleja, me propongo analizar de qué manera su implementación potenciaría algunos estándares de desempeño educativo que plantea el modelo de Levin y de qué modo afectaría otros.

La Ley de ESI (N° 26.150), que fue creada por el Programa Nacional de Educación Sexual Integral y sancionada por el Congreso nacional en 2006, establece que todos los educandos -niños, niñas y adolescentes- tienen derecho a recibir Educación Sexual Integral (ESI) en todos los establecimientos educativos públicos de gestión estatal y privada.

Pese a su sanción, esta norma no ha sido aplicada efectivamente. Quienes impulsaron el proyecto de reforma buscan reforzar la obligatoriedad de que estos contenidos sean impartidos en las escuelas de todo el país y que estos siempre sean laicos y científicos. Por ello, propusieron modificar el artículo 5° de la actual ley -que señala la posibilidad de que cada escuela adapte los contenidos a su ideario institucional- y ordenan declararla de orden público.

A su vez, el nuevo proyecto incluiría en su programa información sobre derechos ya adquiridos en leyes relacionadas a la educación sexual que fueron sancionadas con posterioridad a 2006. A raíz de esta iniciativa, sectores conservadores y grupos de padres se manifestaron públicamente en resistencia de la reforma y a través de redes sociales bajo la consigna #ConMisHijosNoTeMetas.

Entendiendo que el modelo de Levin se apoya en cuatro categorías para analizar el sistema educativo, entre las que se encuentran desarrollo costo efectivo, equidad, preferencia de las familias y cohesión social, me enfocaré en los primeros dos valores.

Compensar desigualdades

Desde una perspectiva de equidad, la aplicación de esta ley compensaría desigualdades a través del empoderamiento de los escolares. De acuerdo a lo establecido por la Ley Integral de Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (N° 26.061), los hijos e hijas no son propiedad de las familias sino sujetos de derechos.

A su vez, a partir de la entrada en vigencia en 2015 del Nuevo Código Civil y Comercial, se logró poner énfasis en la función de cuidado, atención y protección de los hijos a partir del paso de la patria potestad a la responsabilidad parental. Con la aplicación de este concepto se entiende que los progenitores ya no tienen el poder de decisión sobre sus hijos sino que su función es acompañarlos en el crecimiento hacia su propia autonomía.

Promover, prevenir y procurar

El Programa de la ESI se basa en un concepto amplio de sexualidad que considera «aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos». Entre sus objetivos, se propone «promover actitudes responsables ante la sexualidad», «prevenir los problemas relacionados con la salud» y «procurar igualdad de trato y oportunidades para varones y mujeres». Sin embargo, los resultados de una encuesta de la Fundación Huésped realizada a 2.900 jóvenes entre 2016 y 2017, dieron a conocer que para un 85% de los encuestados la educación sexual que reciben se limita a temas vinculados con el aparato reproductivo.

La especialista en educación y miembro de la Escuela de Capacitación Docente del Gobierno de la Ciudad, Mara Rodríguez, manifestó que reducir la educación sexual a los aspectos biológicos imposibilita pensar con complejidad la sexualidad. Según Rodríguez, la ESI apunta a fortalecer nuevos entornos culturales y su desafío es que las personas conozcan sus derechos sexuales y reproductivos para, de este modo, ejercer su sexualidad libremente. Sus contenidos en todas las currículas escolares contribuirían en la prevención de delitos que atentan contra la integridad sexual y mejoraría la calidad de los vínculos.

Fortalecer el capital humano y ciudadano

Esta prevención no significa un aporte menor para el desarrollo costo efectivo de la calidad educativa. Entendiendo que los principales ejes del material que el Ministerio de Educación de la Nación distribuye son el ejercicio de los derechos, el respeto por la diversidad, el cuidado del cuerpo, la equidad de género y la valoración de la afectividad, cuyas líneas se van adaptando a cada etapa educativa y se incluyen de manera transversal en diferentes materias, la implementación efectiva de la ESI implicaría un fortalecimiento de capital humano y de la ciudadanía.

Entonces, al asumir que los adolescentes son activos sexualmente, los aportes de la ESI favorecerían, entre otras cosas, a la prevención del embarazo temprano y con esto muchas adolescentes podrían terminar sus estudios y así se hallarían en mayor ventaja para encontrar un trabajo. Con un nivel de empleabilidad mejor, la población se vería favorecida tanto social como económicamente.

Según datos aportados por Chequeado, la cantidad de docentes capacitados a lo largo de estos años (213.433) representa un 22% del total de maestros y profesores registrados por el último Censo Nacional del Personal de los Establecimientos Educativos de 2014. Por ende, la aplicación efectiva de la ley implicaría mayores costos económicos y de tiempo para una mejor capacitación docente y producción de materiales pero los resultados a futuro serían beneficiosos: las y los alumnos tendrían un mayor grado de concienciación y capacidad crítica para enfocarse en sus estudios.

Cambio cultural

De acuerdo a la perspectiva de calidad como valor (cohesión social), el proceso de implementación de la ley seguiría suscitando controversias en el consenso de los miembros. Esta implica un cambio cultural al que muchos, en especial algunos padres, sienten que atenta contra sus valores e identidad más profunda. No obstante, a largo plazo contribuiría en el aporte de conocimientos que hacen a la integración social y por eso se presume que amerita este costo.

Si bien la implementación de estos contenidos en la currícula visto desde el factor «preferencia familiar» encontraría insatisfechas a las familias que se oponen a dicha iniciativa, la ESI es un derecho y el Estado, como responsable directo de la provisión del servicio educativo y regulador de dicho sistema, debe garantizarlo desde un enfoque integral.