¿Fin de la Ley de Medios?

La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, comúnmente llamada Ley de Medios, podría tener sus días contados. Esto se daría en el caso de que el Senado siga el camino de la Cámara de Diputados y terminara con la sanción definitiva de su derogación.
En el mes de enero, mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia, el gobierno modificó la Ley de Medios y reemplazó su autoridad de aplicación, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), por un nuevo organismo: el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), que también absorbió la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (AFTIC).
Mediante un dictamen de mayoría, con votación a mano alzada, contó con el respaldo del interbloque Cambiemos, el interbloque Frente Renovador, el Frente Cívico de Santiago del Estero y los ex massistas. Por la negativa se expresaron los legisladores kirchneristas y del Partido Socialista, mientras que el bloque justicialista se abstuvo.
Con esta decisión se convalidaron las modificaciones de la ley, que además de los cambios en las autoridades se modificó el artículo 41 que impedía la venta de medios audiovisuales y se eliminan los impedimentos para la integración de cadenas privadas. También fue ratificado el plazo de un año para la comisión para la elaboración del proyecto de ley de reforma, actualización y unificación de las leyes de medios y Argentina Digital.
Desde el kirchnerismo se señaló que votó en contra del DNU ya que «no hubo urgencia», y porque «cada organismo local e internacional está denunciando que esté DNU atenta contra la libertad de expresión», indicó Mario Cleri del Frente para la Victoria. También consideró que el tratamiento de este proyecto «es inválido porque la sesión se inició con 45 minutos de retraso por falta de quórum» y dijo que este DNU «concentra la comunicación y atenta contra la libertad de expresión».
Respecto de esta demora, el diputado radical Luis Petri afirmó que «intentan anular esta sesión por un retraso de quince minutos mientras que el día de la aprobación de la Ley de Medios el inicio se retrasó una hora y media», y sostuvo que este DNU «viene a corregir errores sustanciales de la Ley de Medios».
Desde el oficialismo, Mario Negri afirmó que «había necesidad y urgencia de dictar un marco regulatorio transitorio» y argumentó la necesidad de implementar «modificaciones que permitieran la aplicación de una ley que mal se había aplicado y poco, y direccionada contra un multimedio».
El titular de la comisión de Asuntos Constitucionales, Pablo Tonelli, sostuvo que el decreto fue dictado «de acuerdo a lo que establece la Constitución Nacional» y dijo que era necesario «realizar adecuaciones y tener un solo organismo». Además, manifestó que es «necesario superar los problemas que tenían estas dos leyes y sobre todo los desvíos en que estaban incurriendo los organismos encargados de aplicarlas», y remarcó que la AFSCA «era conducida por un militante político con falta de independencia e idoneidad».
Por su parte, el diputado del Frente Renovador, Raúl Pérez, defendió la decisión de su bloque de votar a favor del DNU ya que la ley que estaba vigente «tuvo escaso interno en el Parlamento» y cuestionó fuertemente la actuación de Martín Sabbatella como titular del AFSCA porque fue «un funcionario mediocre».

Los cambios

La norma que recibió media sanción parlamentaria además de crear el ENACOM determina que el mismo «tendrá todas las competencias y funciones» que tanto la Ley de Medios como la de Argentina Digital «asignan, respectivamente, a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y a la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Tecnologías (AFTIC)». También se especifica que «será objeto de control por parte de la Sindicatura General de la Nación y de la Auditoría General de la Nación».
El DNU precisa que el directorio del ENACOM estará conformado por un presidente y tres directores designados por el Poder Ejecutivo, y otros tres que serán nombrados por las fuerzas políticas que sean las tres primeras minorías parlamentarias. Los directores tendrán mandato por cuatro años, con posibilidad de una renovación, aunque podrán ser removidos «en forma directa y sin expresión de causa» por el Poder Ejecutivo.