Jueces a la Corte… por decreto

El reciente mandatario electo Mauricio Macri en pocos días de asumido el mando ya despierta debates en sus acciones políticas y la utilización de los decretos presidenciales como herramienta de gobernabilidad.
Luego de las controversiales medidas en materia de Medios y Educación, como lo son la incorporación de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual bajo el ala del Ministerio de Comunicación (que se opone al espíritu de independencia de la siempre comentada Ley de Medios) y el cambio en la Ley de Educación para retrotraer a la Ley Federal de Educación, respectivamente, ahora es el turno de la Corte Suprema de Justicia.
Mediante los decretos 66 y 83 publicados en el Boletín Oficial este martes 14 de diciembre, el Gobierno Nacional realizó la designación de dos jueces para cumplimentar con el mínimo de 5 autoridades en el máximo tribunal: estos son Horacio Daniel Rosatti y Carlos Fernando Rosenkratz. Asimismo, se oficializó un representante del Poder Ejecutivo ante el Consejo de la Magistratura: se trata de Juan Bautista Mahiques, y se produjo el nombramiento de Santiago Otamendi en el cargo de secretario de Justicia.
Además, el decreto «encomienda al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la inmediata implementación del procedimiento previsto en el Decreto N° 222/03, a los fines de la oportuna designación en calidad de Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, conforme a las previsiones del Artículo 99, Inciso 4, de la Constitución Nacional».
Sobre las designaciones, la decisión presidencial expresa que el mandatario se encuentra habilitado para «llenar las vacantes de los empleos que requieran el acuerdo del Senado y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima legislatura». Asimismo, al referirse al término «en comisión» el texto manifiesta que una vez que se reanuden las actividades parlamentarias se realizará la aprobación correspondiente y «se le enviarán los pliegos respectivos de los jueces designados en comisión, los que deberán recibir el correspondiente acuerdo del Senado durante el siguiente período de sesiones legislativas, a fin de ser confirmados en el cargo, cesando en el mismo al final de dicho período legislativo en caso de no obtener dicho acuerdo».
 

Las críticas no se hicieron esperar

Una vez conocida la acción del Gobierno Nacional, quien salió a criticar públicamente las designaciones fue Margarita Stolbizer, excandidata presidencial y una persona que mantiene buenos vínculos con el ahora oficialismo.
Para la referente del progresismo, se trata del «primer y grave traspié del presidente Macri», por «nombrar por decreto jueces ‘en comisión’ a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Esto es un terrible retroceso institucional. Ni Cristina Fernández de Kirchner se animó a tanto», manifestó públicamente en su cuenta de Facebook.
«El inciso 19 del artículo 99 de la Constitución Nacional se refiere a empleos: estos podrían ser Embajadores, miembros de las Fuerzas Armadas, Directores del Banco Central. Pero no se puede nombrar por Decreto ‘en comisión’ a los titulares de otro Poder del Estado. ¿Qué independencia podrían tener estos Jueces con ese mecanismo? Por mucho menos la Corte de Justicia declaró la inconstitucionalidad de las subrogancias y los nombramientos irregulares de Cristina Kirchner. ¿Podrá sobrevivir esto? Es de un enorme retroceso institucional: usar un artículo de la época de la Colonia para designar Jueces ‘en comisión’. Con este hecho rifa el crédito inicial», expresó Stolbizer e hizo referencia a una decisión gubernamental que data de 1852… sí, un año antes de la elaboración de la Constitución Nacional.
Además, sobre la justificación de la medida de Macri, Stolbizer detalla que «el mecanismo constitucional del Acuerdo y la necesidad de contar con los dos tercios del Senado de la Nación para la designación de Jueces de la Corte Suprema son lo que otorga equilibrio a los poderes y legitimidad a los nombramientos. Jamás se designó un Juez de la Corte ‘en comisión’ desde la recuperación democrática. La decisión no es propia del Estado de Derecho. Un Juez tiene garantía de estabilidad: ¿a estos podrían removerlos derogando el Decreto? ¡Es insostenible, es inadmisible!», concluye. «Tener minoría en las Cámaras Legislativas no lo habilita al Presidente a salir de los márgenes que le impone la Constitución Nacional. La independencia de los Jueces y las doctrinas modernas no pueden considerar alcanzados a los miembros de la Corte por el inciso 19 del artículo 99 de la Constitución Nacional».
Por su parte, el gobernador de Córdoba y otrora precandidato presidencial por UNA, José Manuel de la Sota, fue más escueto pero no por eso menos determinante: «Señor Presidente, construyamos una República entre todos, gobierno y oposición. No se logrará nombrando jueces provisorios de la Corte por decreto», manifestó en su cuenta de Twitter.