Nueva prórroga para facturas electrónicas

Mediante la correspondiente publicación en el Boletín Oficial (Resolución General 3.793 con fecha de este lunes 10 de agosto), la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió la prórroga hasta el próximo 31 de marzo de 2016 para el uso obligatorio de factura electrónica.

El texto completo de la decisión argumenta «que la citada norma estableció la generalización del régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales, respaldatorios de las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y de obras, y las señas o anticipos que congelen precio, para todos los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado».

Además, enuncia como motivos «las presentaciones de los contribuyentes, cámaras, federaciones, asociaciones y demás entidades que representan a los distintos sectores involucrados, mediante las cuales se exponen diversas dificultades observadas para la implementación -en tiempo y forma- del régimen, se estima pertinente contemplar las situaciones y particularidades planteadas. Que atendiendo al objetivo de esta Administración Federal de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, resulta aconsejable flexibilizar la vigencia del aludido régimen».

De todas formas, en esta normativa se refresca lo asentado en la Resolución General 3.749, que establecía «la generalización del régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales, respaldatorios de las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios». Asimismo, se incluye la «locación de cosas y de obras, y las señas o anticipos que congelen precio, para todos los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado».