Para que se SEPA el precio

Finalmente se publicó en el Boletín Oficial la norma por la que se crea el Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA), una plataforma online donde los consumidores podrán averiguar el precio de los artículos que se ofrecen en los comercios. Igualmente, el titular de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje de Consumo, Fernando Blanco Muiño, aclaró que hasta estar en pleno funcionamiento se demorará entre 30 y 45 días. Además señaló una novedad con relación al programa Precios Cuidados, porque el SEPA tendrá una capacidad sancionatoria con aquellos comerciantes que no lo cumplan. En ese sentido, el funcionario precisó que «a diferencia de lo que hacía la anterior administración, esta herramienta no es un acuerdo de precios sino que es sancionatoria. El consumidor podrá, desde su celular, hacer llegar su denuncia en tiempo real sobre aquellos precios que no se cumplen y ahí mismo se pone en marcha el procedimiento sancionatorio». También afirmó que no se está interfiriendo en los precios que cada supermercado o negocio le ponga a los productos, «ya que cada uno va a poder poner el que quiere», pero «a partir de la publicación web van a tener que respetar los precios publicados y que aparecen en las góndolas», completó.
Respecto del tiempo que hay que esperar para la completa puesta en marcha de la herramienta, Blanco Muiño indicó que a partir de la oficialización del sistema «se dispara el procedimiento para su aplicación, que incluye un programa para usar desde celulares. Estas son herramientas para defender a los consumidores. Nosotros, desde el Ministerio de Producción, la ponemos a disposición de los consumidores y van a poder utilizarlas en unos 30 o 45 días». Los consumidores podrán acceder al listado de precios de cada supermercado por medio de una aplicación que será administrada por el organismo dirigido por Blanco Muiño, con la cual se podrán informar «eventuales inconsistencias respecto a la veracidad, claridad y oportunidad de la información proporcionada por los comercios».
La norma que crea el SEPA, la Resolución 12/2016 de la Secretaría de Comercio, señala en su primer artículo que «todos los comercios que realicen venta minorista de productos de consumo masivo deberán informar en forma diaria para su difusión los precios de venta al público vigentes en cada punto de venta, de los productos que se determinen en la reglamentación».
El objetivo de implementar esta aplicación es «facilitar a los consumidores el acceso a una información relevante de precios de determinados productos, resulta idóneo contar con una plataforma electrónica por medio de la cual puedan tener un acceso directo e inmediato a una información amplia, cierta, clara, veraz y detallada de los precios vigentes, en especial, aquellos referidos a los productos de primera necesidad», se indica en los considerandos de la resolución.
También se precisa que «deberá realizarse a través del sistema informático que, a tales efectos, será implementado por parte de la Subsecretaría de Comercio Interior, en forma previa y hasta las cero horas del día en que se pondrán en vigencia los precios de los productos que se determinen conforme la reglamentación». Con relación a cualquier variación el precio de algún producto, la norma expresa que deberá informarse de manera inmediata.
Los datos a suministrar tienen que contener, para cada producto y por cada punto de venta, como mínimo la siguiente información: «CUIT de la empresa, razón social y nombre o denominación comercial; ubicación de cada punto de venta, con domicilio completo y coordenadas para que permita su geolocalización; código EAN o equivalente sectorial del producto; precio de lista de venta minorista final al público por unidad, peso o medida de producto, según la forma de comercialización; y promociones, descuentos y todo tipo de bonificaciones».
La resolución indica que el SEPA deberá ser aplicado en «todos los almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados, a excepción de las micro, pequeñas y medianas empresas». Los consumidores tendrán a su disposición «una plataforma informática de colaboración ciudadana, que será administrada por la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje de Consumo dependiente de la Subsecretaría de Comercio Interior, a través de la cual los consumidores podrán acceder a la información brindada y comunicar las eventuales inconsistencias respecto a la veracidad, claridad y oportunidad de la información proporcionada por los comercios».
La Secretaría de Comercio Interior, que será la Autoridad de Aplicación de la normativa, informó que las grandes cadenas de supermercados de todo el país deberán informar obligatoriamente los precios de los casi 1.000 productos de su canasta básica y la lista será de actualización inmediata.