Una ciudad, muchos debates

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, tal como estaba anunciado, convocó a la realización de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) para el domingo 11 de agosto en consonancia con las primarias presidenciales.

En este año se renueva a nivel comunal y con paridad de género y debates obligatorios y la ciudad llama a elecciones para Jefe y Vicejefe de Gobierno, 30 legisladores titulares y diez suplentes y 105 miembros titulares y 60 suplentes de las quince Juntas Comunales. La convocatoria a las generales se realizará en los próximos días.

En esta oportunidad, las novedades son la paridad de género en las listas de legisladores y para Juntas Comunales y la obligatoriedad de realizar debates electorales para jefe de Gobierno tanto como para los candidatos a presidir cada una de las 15 comunas en las que está dividida la ciudad.

En este último punto se prevé que en los debates los distintos candidatos y candidatas den a conocer las propuestas y programas de gobiernos de todas las agrupaciones políticas. En el caso que no participen de los debates recibirán sanciones económicas.

Respecto a la paridad de género, los partidos deberán conformar las listas de manera tal que no haya dos personas del mismo género ubicadas consecutivamente. En el caso de que la cantidad de candidaturas sea impar, la diferencia entre el total de hombres y mujeres no deberá ser mayor a uno. Las boletas llevarán impresas el nombre del partido, los cargos por los que compiten los candidatos, los nombres de los postulantes a Jefe de Gobierno, Vicejefe y de los primeros tres diputados, una foto y la fecha de la elección, entre otros detalles.

El nuevo Código Electoral porteño, sancionado por primera vez en octubre de 2018, permite la unificación de los comicios locales con los nacionales. La norma también determina que el Jefe de Gobierno debe convocar a elecciones primarias con una anticipación de 120 días corridos, mientras que en el caso de las generales el plazo es de 185 días corridos previos.

El régimen electoral porteño está reglamentado por la Ley Nacional 15.262 que regula la realización de las elecciones locales simultáneamente con las nacionales y la 26.571 que en el artículo 46 precisa que las provincias que convoquen a primarias pueden hacerlas simultáneamente con las nacionales.