«La objeción de conciencia deriva en violencia»

Los femicidios, lesbicidios y trans-travesticidios son la expresión más brutal de violencias hacia las mujeres y diversidades.

El Observatorio «Mujeres, Disidencias, Derechos» de Mujeres de la Matria Latinoamericana (MUMALÁ) sostiene que en 2021 hubo un total de 221 casos y que solo en enero de 2022 se produjeron 38 muertes violentas de mujeres, travestis y trans. Los datos brindados son considerablemente alarmantes y requieren acciones concretas. Para conocer mejor sobre el accionar de la justicia ante la violencia de género y las herramientas que tienen las víctimas para defenderse, en Ahora Nosotras charlamos con Julieta Molina, abogada independiente y defensora de los derechos de las mujeres.

En pocos días se cumple un año del femicidio de Úrsula Bahillo, el cual tuvo notoriedad debido a la cantidad de veces que la víctima solicitó ayuda y no fue escuchada, tendencia que vemos repetirse constantemente. ¿Qué considerás que sucede con la justicia ante los casos de violencia de género?

«Justamente, en Santa Fe estamos atravesando una situación bastante compleja. En lo que va del año ya hubo la mitad de femicidios y travesticidios de los que hubo en 2021. Además, en muchos casos se repitió este actuar de manera negligente, de no aplicación de los protocolos de violencia de género que, por ejemplo, tienen que aplicar las fuerzas de seguridad. Este femicidio que nos marcó tanto aún sigue de manera muy vigente en este tipo de situaciones, porque aún dentro de las fuerzas policiales falta muchísimo por trabajar, tiene que haber capacitación urgente en la Ley Micaela, también tiene que dejar de haber complicidad entre las personas que tienen poder en las fuerzas.»

¿Qué alternativas tienen las victimas cuando se presentan a una comisaría y sus denuncias son desestimadas o son derivadas a otros lugares de forma arbitraria?

«En primer lugar, tienen que saber que la policía sí o sí les tiene que tomar la denuncia, es decir, por supuesto que hay organismos policiales que son mucho más amigables, por ejemplo, comisarías de la mujer. Pero así sea la de tu barrio, la denuncia la tienen que tomar igual. En segundo lugar, siempre hay que solicitar que se entregue una copia, lamentablemente pasa que no lo quieren hacer, en esos casos al menos aquí en Santa Fe uno de los mecanismos que utilizamos es llamar al centro que controla a los organismos policiales, yo recomiendo hacerlo.»

Por otro lado, a más de un año de la aprobación de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), distintos organismos coinciden en señalar los obstáculos para el acceso a esta prestación. ¿Qué podés comentarnos sobre el rol de “la objeción de conciencia” en esta práctica?

«La objeción de conciencia otorga la posibilidad a médicos y médicas que, por sus creencias religiosas, éticas o morales no aceptan realizar la IVE. Esta decisión que toma el profesional de ser objetor u objetora se tiene que mantener en todos los lugares de trabajo, sean públicos o privados. Otro dato no menor es que ante la presencia de una solicitud de esta práctica debe derivar de manera urgente ese caso a un organismo o profesional que sí lo realice, sin generar ningún tipo de dilación de tiempo. Además, es importante aclarar que no va a poder negarse en el caso de que esté en peligro la vida o salud de la persona gestante, ahí no es válido ningún tipo de objeción de conciencia, se requiere la atención médica inmediata. Otra de las excepciones es que no se va a poder negar el servicio de salud en una situación de pos aborto, si se presenta una persona con algún tipo de complicación debe ser atendida.»

¿Qué contempla la ley cuando hay incumplimiento en la atención?

«La misma ley establece que si ese integrante del personal de salud incumple con las atenciones mencionadas anteriormente, le pueden recaer sanciones de todo tipo, que pueden ser administrativas, penales y civiles. Es decir, pueden ser sanciones que deriven en una medida disciplinar dentro de su lugar de trabajo, así como también puede ampliarse hasta llegar a una instancia penal.»

En este sentido, ¿qué considerás que sucede cuando se utiliza la objeción de conciencia como excusa para impedir el aborto en niñas y adolescentes?

«Creo que la objeción de conciencia deriva en violencia institucional en aquellos casos en los que no se pueda garantizar esta práctica. Hay un vacío legal sobre el cual tenemos que preguntarnos qué pasa si de pronto toda una clínica es objetora de conciencia, yo creo que ahí estamos hablando de violencia institucional porque no se están garantizando derechos humanos. En esos casos, cuando hay atención de niñas y adolescentes puede ser muy peligroso, ya hemos visto como en algunas provincias hubo situaciones en las que se ha obligado a parir y sabemos que obligar a parir también significa tortura, más si hablamos de una niña o adolescente, se la está marcando de por vida.»

Por último, ¿qué podés comentarnos sobre otro tipo de violencia, como la económica y su relación con el incumplimiento de las cuotas alimentarias?

«No hay un registro a nivel nacional sobre lo que sucede con las cuotas alimentarias, debería hacerse. Te puedo decir en relación a mi trabajo que, lamentablemente, seguimos luchando día a día con aquellos padres que no quieren pagar la cuota alimentaria, que buscan pagar menos o de evadir sus responsabilidades, por ejemplo, a través de la venta de sus bienes o poniéndolos a nombre de otras personas. Sabemos que esto significa violencia económica, porque esa cuota alimentaria que no se paga implica que la mujer se tiene que hacer cargo por sí misma, con su patrimonio, esto sumado a que las mujeres en general estamos más precarizadas. Hay muchas familias monomarentales que tienen que hacerse cargo enteramente de sus hijes porque el padre no cumple con su responsabilidad.»