PyMEs con ayuda

Desde el comienzo de la cuarentena y con el freno de la actividad económica que ello provocó, el sector de las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs) manifestó su malestar por la falta de apoyo oficial ante los problemas económicos que experimenta el sector.

En consecuencia, desde el Gobierno se dio una primera respuesta para ayudar a los empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria, por medio de la creación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 332/2020 firmado por el presidente Alberto Fernández.

Esta norma otorga distintos beneficios a las empresas a las que se les cayó la facturación debido a la cuarentena general y obligatoria, y a sus empleados.

El texto del decreto establece que el Estado abonará hasta un salario mínimo vital y móvil (SMVM) que está en el orden de los 16.875 pesos en las PyMEs de hasta 25 trabajadores. Y pagará hasta medio salario mínimo para aquellas empresas de hasta 100 empleados. En las empresas cuya dotación esté entre 26 a 60 trabajadores se puede obtener hasta un 75% del salario mínimo. Además, se reducirán las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) en hasta un 95%.

En el caso de las empresas con más de 100 empleados, podrán gestionar Repro, el programa de asistencia del Ministerio de Trabajo para firmas en crisis. En este caso, la suma no remunerativa será de entre 6 mil y 10 mil pesos. Los mismos montos serán los del seguro de desempleo.

Los empleadores alcanzados por los beneficios deberán acreditar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la nómina del personal alcanzado y su afectación a las actividades alcanzadas. El Ministerio de Trabajo revisará la información y podrá relevar datos adicionales. La cartera laboral también podrá realizar visitas de evaluación.

Vale mencionar que la Jefatura de Gabinete podrá extender la vigencia de las medidas del decreto y definir las actividades económicas afectadas en forma crítica por la emergencia Sanitaria.

El sistema integral de prestaciones por desempleo tiene requisitos para el acceso, entre los que se enumeran: que sus actividades económicas fueran afectadas de forma crítica en la zona geográfica donde se desarrollan; tener una cantidad relevante de trabajadores contagiados por el COVID-19 o que estén en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar relacionadas al COVID-19; acreditar una sustancial reducción en sus ventas con posterioridad al 20 de marzo de 2020; y se encuentran excluidos de los beneficios del decreto aquellos sujetos que realizan las actividades y servicios declarados esenciales.