Los refugiados climáticos

Existe un tipo de refugiados no contemplados en el estatuto firmado en 1951 por la Organización de las Naciones Unidas (ONU): los climáticos.

Además de los aspectos legales que requiere abordar el asunto, la ONU profundiza sobre el motivo que lleva a que personas se alejen de su tierra para encontrar asilo. Asimismo, insta a la acción de los Estados para permitir la recepción de las personas que sufren las acciones directas del cambio climático.

«El mundo tiene que prepararse para el hecho de que millones de personas sean expulsadas de sus hogares por el impacto del cambio climático», alertó Filippo Grandi, alto comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados.

De esta manera, Grandi manifestó este martes en el Foro Económico Mundial en Davos que el reciente fallo del Comité de Derechos Humanos de la ONU significa que aquellos que huyen como consecuencia del cambio climático merecen protección internacional y llamó a que los gobiernos tomen cartas en el asunto.

Precisamente, Grandi habló sobre el caso de Ioane Teitiota. El ciudadano de la República de Kiribati recibió en 2015 un rechazo al pedido de asilo como «refugiado climático» por el gobierno de Nueva Zelanda y que, incluso, fue repatriado al país ubicado en el Pacífico Sur, en Oceanía.

«El fallo dice que si hay una amenaza inmediata a su vida debido al cambio climático, debido a la emergencia climática, y si cruza la frontera y se va a otro país, no debería ser enviado de regreso, ya que correría riesgo su vida, como en una guerra o en una situación de persecución», detalló Filippo Grandi. «Debemos estar preparados para una gran oleada de personas que se mueven contra su voluntad». «No me aventuraría a hablar sobre números específicos, es demasiado especulativo, pero ciertamente estamos hablando de millones».