Reforma laboral: advertencias para trabajadores migrantes

En una nueva emisión de Latinoamérica, el segmento «Clínica Jurídica Migrante» abordó un tema de alta preocupación para trabajadores migrantes en el país: el impacto de la reforma laboral impulsada por el Gobierno Nacional en el marco del proyecto de Ley Bases 2, prevista para tratarse en diciembre.

Los abogados Audryn Bermúdez y Rodolfo Zárate, especializados en derecho penal con trayectoria en el fuero laboral, analizaron los principales puntos que se discuten y su posible efecto sobre la población trabajadora, especialmente la migrante. Una reforma que «no trae beneficios para los trabajadores».

Según explicó Zárate, la futura reforma se enmarcaría dentro de tres ejes: cambios laborales, tributarios y previsionales. Aunque aún no se conoce el texto oficial, ya circulan versiones sobre medidas que, de confirmarse, modificarían de forma estructural las condiciones laborales.

Entre ellas, detalló salarios dinámicos: permitirían que empleadores ajusten el salario mes a mes según «mérito» o evaluación interna, sin pisos ni techos. «Un mes puede cobrar 100 y otro mes puede cobrar 50. Claramente, va a desarticular la economía de cualquier trabajador porque no va a saber cuánto va a cobrar», señaló Zárate.

Fin de los convenios colectivos por actividad: cada empresa podría negociar directamente con sus empleados sin representación gremial. «La negociación así es de perder para los trabajadores», advirtió.

Banco de horas: la jornada podría extenderse hasta 12 o 13 horas diarias a compensarse luego, sin pago de horas extra. Bermúdez alertó que esto implicaría «el adiós al derecho a descansar, a organizar la vida, a estudiar o tener un proyecto personal». Sistema de Fondo de Cese Laboral: similar al de la construcción, reemplazaría la indemnización tradicional. «En el comercio o servicios no funciona igual y eliminaría la indemnización como la conocemos», explicó Zárate.

Ambos coincidieron en que ninguna de las reformas mencionadas resulta favorable para los trabajadores: «Ninguna es beneficiosa para el trabajador», sintetizó Zárate.

Desmontando mitos: ¿industria del juicio o industria del trabajo en negro?

Zárate cuestionó el discurso que sostiene que los juicios laborales «fundan empresas». «Las empresas no son pobres, tienen capitales. El eslabón más fino es el trabajador». Ante esto, Bermúdez contrapuso otra mirada: «Si la rentabilidad de una empresa está en violar los derechos de sus trabajadores, entonces no es una empresa rentable, es una empresa de robar a sus trabajadores».

Ambos remarcaron que existen empresarios que cumplen y valoran a sus trabajadores, pero señalaron que la reforma, de aprobarse, podría agudizar la precarización.

Cómo actuar ante un despido: qué no hacer y qué pasos seguir

La «Clínica Jurídica Migrante» abordó también un caso tipo frecuente entre trabajadores migrantes: una empleada de comercio que, tras tres años sin registración formal, es despedida verbalmente luego de ausentarse por enfermedad.

Al respecto, Bermúdez enumeró lo que un trabajador no debe hacer ante un despido: no actuar sin asesoramiento legal. «No pretenda ser abogado ni mandar telegramas copiados de internet o del ChatGPT. Un telegrama mal hecho puede arruinar el caso». No firmar documentos bajo presión. No actuar «en caliente» ni desde la angustia. «Respire, conserve la lucidez y espere hablar con un abogado».

Asimismo, Zárate recordó que la consulta con abogados laboralistas es gratuita, según el artículo 20 de la Ley de Contrato de Trabajo. «Lo primero que tiene que hacer es llamar a un abogado. Si no tiene, puede acudir al Colegio de Abogados, a un consultorio jurídico o a una universidad».

Trabajadores en negro: cómo iniciar un reclamo

En casos de empleo no registrado, el despido verbal no tiene validez legal. Como explicó Zárate, el primer paso es enviar un telegrama intimando a regularizar la relación laboral, redactado por un profesional. Ese telegrama debe incluir antigüedad, tareas, horario, remuneración y convenio aplicable. Si el empleador no responde o niega el vínculo, el trabajador puede considerarse despedido indirectamente y reclamar indemnización.

«Si los telegramas están mal hechos, el juicio está perdido. Muchos abogados ni toman el caso cuando el intercambio telegráfico fue mal iniciado», remarcó.

Documentación y prevención

Los abogados insistieron en que los trabajadores -registrados o no- deben llevar un mínimo registro de su relación laboral: datos del empleador, CUIT, dirección, horario, categoría y recibos o comprobantes de pago.

Casos frecuentes, como el de trabajadoras de casas particulares o mujeres embarazadas, requieren aún más cuidado. «Si la trabajadora está embarazada debe enviar un telegrama avisando. Si no hay notificación fehaciente, no se configura despido discriminatorio», aclaró Zárate.

Expectativa y defensa

Finalmente, frente al posible avance de la reforma, Bermúdez sostuvo: «Seguro vendrá una avalancha de planteos de inconstitucionalidad. No todo está perdido. Vamos a estar ahí peleando por los trabajadores».