Con Chile a la distancia

Luego de un debate que estaba por cumplir un cuarto de siglo, y como consecuencia del proyecto de reforma constitucional presentado por los senadores Isabel Allende, Soledad Alvear, Alberto Espina, Hernán Larraín y Patricio Walker sobre el ejercicio de sufragio para ciudadanos chilenos que residen fuera de su país, fue aprobada por el Senado la ley que los habilita para votar en los comicios presidenciales y elecciones primarias.
El mismo contó con 28 decisiones a favor, 3 abstenciones y 5 votos en contra. De esta manera, con solo presentarse una vez en el consulado correspondiente, cualquier chileno que se encuentre fuera del territorio nacional puede hacer valer su decisión.
El proyecto de los senadores, presentado en junio de 2013, planteaba una modificación en el Artículo 13 de la Constitución Política, al expresar que “los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren fuera del país podrán sufragar desde el extranjero en las elecciones de Presidente de la República y en los plebiscitos nacionales, por el solo hecho de solicitarlo para cada elección o plebiscito. Dicha solicitud se dirigirá al Servicio Electoral, pudiendo realizarse en Chile o a través de los Consulados de Chile en el extranjero, indicando el Consulado donde se ejercerá este derecho. Una ley orgánica constitucional establecerá los requisitos formales que deberá contener la mencionada solicitud y regulará la manera en que se realizarán los procesos electorales y plebiscitarios en el extranjero, en conformidad a lo dispuesto en los inciso primero y segundo del artículo 18″. Como puede leerse, finalmente la ley aprobada por la Cámara Alta establece que solo es necesario presentarse una sola vez en el correspondiente consulado y así, de forma permanente, el ciudadano se encuentra habilitado para votar sin necesidad de futuras gestiones.