En la columna Clínica Migrante en Latidoamérica, María Inés Pacecca, antropóloga y coordinadora del Área de Investigación de la Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes (CAREF), ofreció un panorama detallado sobre el derecho al asilo en Argentina, su marco legal, las herramientas de protección para evitar la deportación y las implicancias de las reformas recientes a la Ley de Migraciones.
¿Qué es el asilo?
«El asilo es un derecho internacional», afirmó Pacecca, quien explicó que se trata de una figura contemplada por la Convención de Ginebra de 1951. Este instrumento compromete a los países firmantes a brindar protección a personas extranjeras que huyen de situaciones de persecución o peligro en su país de origen. En Argentina, está regulado por la Ley 26.165, que reconoce el asilo como un mecanismo de protección dentro del territorio nacional.
«El asilo siempre es territorial: debe solicitarse una vez dentro del país o en sus fronteras. Por ejemplo, una persona colombiana no puede pedir asilo desde Colombia, tiene que estar en territorio argentino», detalló.
Procedimiento y protección ante la deportación
La solicitud de asilo comienza con una nota en la que la persona explica los motivos por los que solicita protección. Este paso puede realizarse en oficinas de la Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE), en sedes de Migraciones o en puntos fronterizos. Una vez presentada la solicitud, «la persona ya está protegida contra la expulsión», afirmó. Esta protección aplica siempre que no haya antecedentes de delitos graves o de lesa humanidad. «La sola solicitud de asilo ya es un elemento de protección», subrayó Pacecca.
Consultada sobre si el Estado argentino puede ser sancionado por deportar a una persona que está solicitando refugio sin haber evaluado su caso, la antropóloga fue clara: «Sí, puede ser sancionado. Tiene que explicar por qué considera que esa persona no es solicitante legítima de asilo. Es un mecanismo regulado con muchas obligaciones que el Estado debe cumplir».
Dificultades para quienes no logran llegar
En relación con las personas a quienes se les niega una visa para ingresar a Argentina pero desean pedir asilo, Pacecca fue cauta: «Si de alguna manera esa persona logra llegar a la frontera argentina, teóricamente podría ingresar solicitando asilo, aunque no tenga visa. Pero debe hacerse con muchas precauciones. Cada caso es particular y debe evaluarse individualmente».
Frente a estas situaciones, recomendó no actuar en soledad: «Que se asesoren con organizaciones de la sociedad civil, como CAREF. La página es caref.org y las consultas son gratuitas».
Cambios recientes y restricciones
Pacecca también se refirió al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que modificó artículos clave de la Ley de Migraciones. «El DNU cambió los artículos 6, 7 y 8, que garantizaban el acceso a derechos como salud, educación y asistencia social a todas las personas migrantes, independientemente de su estatus migratorio. Ahora, solo quienes tienen residencia permanente acceden a esos derechos en igualdad de condiciones».
Además, se dificultó el acceso a la residencia permanente: «Por primera vez en la historia argentina, ser padre o madre de un hijo argentino, o cónyuge de una persona argentina, ya no garantiza automáticamente la residencia permanente. Se otorga una residencia temporaria, que podría renovarse, pero no se asegura la permanencia».
Estos cambios afectan especialmente a personas que llevan años viviendo en el país sin haber podido acceder siquiera a una residencia precaria. «Es muy preocupante. Muchos migrantes se encuentran en un claro oscuro, sin documentación, con miedo y sin saber qué hacer», advirtió Pacecca.
Recomendaciones para la comunidad migrante
Ante este escenario, la antropóloga hizo hincapié en el acceso a la información: «Si tienen dudas, no vayan directamente a Migraciones. No sabemos qué puede suceder. Es mejor consultar primero con defensorías u organizaciones como CAREF, que pueden ofrecer un asesoramiento integral y gratuito».
También aclaró que algunos derechos aún se conservan para quienes iniciaron sus trámites antes de la entrada en vigencia del DNU, el 29 de marzo de 2025. «Si una persona tuvo un hijo o hija argentina antes de esa fecha, todavía puede acceder a la residencia permanente por vínculo».
Finalmente, Pacecca destacó la importancia de estar informados: «Estas reformas nos interpelan directamente como sociedad. Es clave que las personas migrantes conozcan sus derechos y busquen apoyo en espacios seguros y confiables».
Prolífica. Insobornable ante la adversidad. Campesina colombiana de nacimiento y citadina por elección. En proceso de formación periodística y humana. Siempre apoyando las luchas justas. Partir de cero implica arriesgarse, decidir, seguir, avanzar y saber que se puede más.