¿Cambio en la Justicia?

Suele decirse que los fallos y la actividad judicial siguen el ritmo de los cambios políticos. Y este 2019 electoral no parece ser la excepción.

Tras el triunfo opositor en las PASO de una manera mucho más contundente de lo que se esperaba, dos investigaciones judiciales con repercusión que afectaba a exfuncionarios una y a actuales la otra, tuvieron un impulso en distinto sentido. Hablamos de la causa por el soterramiento del Ferrocarril Sarmiento y la de la condonación de la deuda por el Correo Argentino.

Sin fundamentos

En la causa en la que se investigan irregularidades y supuestos sobornos en las obras por el soterramiento del Ferrocarril Sarmiento, la Cámara Federal porteña anuló lo resuelto por el juez Marcelo Martínez de Giorgi, que había procesado al exministro de Planificación, Julio De Vivo; el exsecretario de Transporte, Ricardo Jaime; y a Roberto Barata, el segundo de De Vido. Paralelamente, dejó sin efecto las faltas de mérito sobre los empresarios Ángelo Calcaterra, Jorge Rodríguez, Gianvincenzo Coppi y Lorenzo Ghella.

Los integrantes de la Sala II de la Cámara, los jueces Martín Irurzún y Leopoldo Bruglia, consideraron que Martínez de Giorgi no fundó debidamente su decisión y que aún falta una prueba determinante, que son las confesiones en Brasil en el marco de las investigaciones del Lava Jato. En su oportunidad, el Juez sostuvo que no había suficientes elementos para concluir que existieron sobornos por parte de Odebrecht y sus socios. La Cámara señaló que «hay cosas que necesariamente tenía que analizar y no analizó». De acuerdo a lo indicado en el fallo de Cámara, el procesamiento de los exfuncionarios por presuntas negociaciones incompatibles con la función pública careció de «fundamentos».

En los considerandos, la Sala remarcó que la investigación «está orientada desde su inicio a determinar posibles maniobras de fraude a la administración pública y pagos de sobornos del Grupo Odebrecht y socios locales a funcionarios integrantes de la estructura del entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y/o de otras reparticiones, para lograr la adjudicación y continuidad en la distintas etapas de la obra «Soterramiento del Corredor Ferroviario Caballito – Moreno» de la Línea Sarmiento».

Este «acto administrativo que benefició al consorcio integrado –según anterior denominación- por las firmas Iecsa S.A., Constructora Norberto Odebrecht S.A., Ghella Societa Per Azioni y Comsa SA», sostuvieron los camaristas que se procesó a los entonces funcionarios por influir en esa adjudicación irregular, pero «no así a los particulares beneficiados». «El hecho que se tuvo por probado es el direccionamiento de la contratación pública de la obra Soterramiento del Ferrocarril Sarmiento en favor de determinados empresarios», indicaron.

Las faltas de mérito con que en esa resolución se benefició a los empresarios «solo se apoyaron en la –supuesta- falta de corroboración de la hipótesis de sobornos, sin ninguna referencia a la imputación mencionada, que claramente formó parte de la descripción fáctica de sus indagatorias previas y era de tratamiento obligado, dado el criterio aplicado con relación a los agentes del Estado», se señala en el texto.

En consecuencia, «para cada uno de los aportes -que no fueren inocuos- había otro aspecto -el subjetivo, de si cada uno de los involucrados actuó con conocimiento y voluntad- que debía ser examinado para un tratamiento fundado», consideraron los magistrados por lo cual declararon la nulidad de la resolución y ordenaron que se dicte un nuevo fallo que tenga en cuenta todo lo indicado, ya que «en estas condiciones es inviable» revisar el fallo.

Otros funcionarios beneficiados con este fallo son Pablo Emilio Campi, Rafael Enrique Llorens, Julio Tito Montaña, Emilio Javier Álzaga, Nelson Ariel Lucentini, Carlos Guillermo Astudillo, Hugo Marcelo Vallone, Hugo Manuel Martínez, Graciela Elsa Cavazza, Horacio Faggiani, Osvaldo Francisco Biset, Valeria Haylén Pomodoro, Yolanda Mirta Eggink, Enrique María Filgueira, Pedro Ochoa Romero, Carlos Retuerto Castaño, Fernando Julio Cortés, Héctor Javier Sánchez Caballero y Héctor Ramón Castro Sirerol. Todas sus defensas apelaron.

Por su parte, otros empresarios a los que se revocó la falta de mérito son Mario José Blanco, Riccardo Dina, Gianvincenzo Coppi, Mario Cenciarini, Santiago Ramón Altieri, Alejandra Érika María Kademián, Ángelo Jorge Antonio Calcaterra, Manuel España, Eduardo Adolfo Fernández, Diego Alonso Hernández, Pablo Guillermo Previde, Augusto Omar Salvador Jorge Adur, Juan Ramón Garrone, Juan José Rampoldi, Carlos Gabriel Oliva, Roberto Fabián Rodríguez, Diego Luis Pugliesso, Jorge Ernesto Rodríguez, Nelson Javier Lazarte, Carlos Alberto Rodríguez y Lorenzo Ghella.

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