A partir de este martes, el Estado Nacional deja de otorgar la gratuidad de los pasajes de larga distancia en micros a personas con discapacidad, trasplantados y niños con cáncer.
De esta manera, y bajo la Resolución 28/2026 publicada esta semana en el Boletín Oficial, el Gobierno deja de financiar el sistema de compensaciones económicas a un sector vulnerable de la población. Desde este mismo 26 de mayo, las empresas que bridan el transporte de pasajeros deberán afrontar este servicio diferenciado.
En los considerandos, que llevan la rúbrica de Mariano Ignacio Plencovich, «el artículo 22 de la ley 22.431 establece que las empresas de transporte colectivo terrestre sometidas al contralor de autoridad nacional deberán transportar gratuitamente a las personas con discapacidad en el trayecto que medie entre su domicilio y cualquier destino al que deban concurrir», el «derecho a las personas que hayan recibido un trasplante y se encuentren inscriptas en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante o en lista de espera para trasplantes del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA), con residencia permanente en el país» tanto como quienes están bajo el «régimen de protección integral del niño, niña y adolescente con cáncer, con residencia permanente en el país», donde «se prevé la gratuidad en la utilización del transporte público y transporte colectivo terrestre».
Cabe aclarar que los beneficiarios ya no tendrán el reintegro de los gastos del boleto por parte del Estado sino que será una gestión directa entre pasajero y la empresa de micros de larga distancia. «El referido esquema normativo fue instituido en un contexto sectorial caracterizado por la vigencia de la emergencia declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 2.407 del 26 de noviembre de 2002, que estableció un esquema de regulación tarifaria con fuerte intervención estatal que limitaba la posibilidad de los operadores de fijar libremente sus precios», argumenta el Gobierno Nacional para eliminar el subsidio. que «permanece plenamente vigente y exigible frente a los transportistas».
Precisamente, la administración que encabeza Javier Milei determinó en 2024 que «los transportistas podrán determinar libremente recorridos, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios», tal como explica la Resolución de la Secretaría de Transporte, «estableciendo un régimen basado en la libertad tarifaria, la simplificación normativa y la promoción de la competencia», ya que «carece en la actualidad de sustento en el nuevo marco normativo, cuya impronta principal es la libertad de fijación de precios, en base a la interacción de la oferta y la demanda de servicios» durante la gestión libertaria.

Soy comunicador visual y social. Hace más de 30 años descubrí la magia de la radio y, desde entonces, la disfruto como escribir, una stout o el fútbol. Profe de Análisis Crítico de los Medios, Marketing Digital, Medios Digitales y Gestión de Emprendimientos. Empezar de cero es volver a ponerle el máximo de energía y entusiasmo a cada proyecto o desafío.