Ley de Medios: nueva contramarcha

justiciaEn un capítulo más de esta extensa novela en que se ha convertido la aplicación en forma íntegra de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, la Cámara Civil y Comercial Federal resolvió declarar inconstitucionales algunos puntos del artículo 45 de dicha norma. Específicamente, se refirieron a los que limitaban la cantidad de licencias. La misma decisión se tomó respecto del artículo 48 que trata de la no calificación de derecho adquirido, la posesión de múltiples licencias con anterioridad a la sanción de la ley 26.522, la llamada «ley de medios».
Este fallo se da en el sentido inverso del dictado por el juez Horacio Alfonso en diciembre de 2012, que determinó la constitucionalidad de esta ley al considerar que no vulneraba la libertad de prensa ni el derecho de propiedad.
En los considerandos, los jueces Ricardo Guarinoni, María Susana Najurieta y Francisco de las Carreras mencionaron “el derecho a la libertad de expresión e información en su doble faceta: no solamente como derecho inalienable de toda persona, sino como derecho indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática”. Entre los argumentos expresados también se menciona que se provoca “inseguridad económica” para el multimedio y hace peligrar su rentabilidad y su “capacidad competitiva”, lo que amenaza el “derecho de propiedad” y “restringe la libertad de expresión”.
Ley de MediosEl magistrado de las Carreras afirmó que la ley de medios “impone una limitación irrazonable en el número de licencias de comunicación audiovisual, se establecen ciertas incompatibilidades injustificadas entre titulares de determinadas licencias, y se restringe infundadamente la prestación del servicio a un porcentaje arbitrario del total de habitantes o abonados”.
Además de hacer foco en estos aspectos mencionados, la Cámara rechazó el planteo del Grupo Clarín respecto de la inconstitucionalidad del artículo 161, que establece el plazo de un año para que los licenciatarios se adecuen a la cantidad permitida de licencias, que es de 10. Por lo tanto, dicho grupo debería desprenderse de tan solo una emisora de radio.
Entre los temas que los jueces tuvieron en cuenta para su fallo están los aspectos técnicos de los medios. En el caso de la TV abierta y las radios el espectro radiofónico es limitado, por lo cual respaldaron la iniciativa del Estado de regularlo y controlar el número de licencias para cada beneficiario. Por el contrario, consideraron que esa limitación espacial no se aplica a la televisión por cable.
Con su sentencia la Cámara cuestiona el sentido antimonopólico que el gobierno le da a la ley y la respuesta de este no se hizo esperar. El titular de la Administración Federal de Servicios Comunicación Audiovisual (AFSCA), Martín Sabbatella, ya expresó la intención de apelar ante la Corte Suprema para que ponga un corte definitivo a la cuestión.
Martín Sabbatella“Se trata de un fallo tramposo, que busca confundir, pero que claramente le cuida los negocios al grupo Clarín”, expresó Sabbatella, y añadió que “ahora apelaremos ante la Corte Suprema para que dicte la sentencia definitiva. Como es obvio que la ley de medios es constitucional, declararon la inconstitucionalidad de todos y cada uno de los incisos que afectan los negocios del grupo Clarín, eliminando el espíritu antimonopólico de la ley”, consideró el titular de la AFSCA.
Por su parte, el subsecretario general de la Presidencia, Gustavo López, aseguró que “con este fallo, la Cámara busca excluir de la regulación al sistema de cable, que es el 70 por ciento del total. Se basaron fundamentalmente en el derecho de propiedad. Pero no es una sorpresa, sabíamos que íbamos a terminar en la Corte”. El funcionario agregó que en la interpretación del tribunal “el sistema de cable no integra el espacio radioeléctrico, no tiene por qué ser regulado por el Estado. Parece un fallo redactado por Clarín”.
Gustavo López“Está claro que la ley y todos sus artículos son constitucionales, lo saben todos los grupos de medios y también lo sabe el propio Grupo Clarín, aunque busque conservar sus privilegios”, manifestó Sabbatella apuntando a la Cámara. López consideró que “el argumento del fallo es endeble, lo cual nos pone en una posición mejor de cara a la apelación que se presentará para llegar a la Corte”. En el Gobierno se calcula que, a más tardar en dos meses, el máximo tribunal de justicia podría tener decidido su fallo en virtud de que anteriormente ya intervino en dos oportunidades en la causa.
Ley de MediosDos meses no parecen ser mucho tiempo, pero se suma a un plazo que ya se acerca peligrosamente a una demora de cuatro años en la aplicación de una norma, una ley que se sancionó en el Congreso. Discutida, criticada y cuestionada con variados argumentos, pero sin aplicarse y sin ver sus beneficios o perjuicios. Y queda en manos de la Corte definir este tema de forma definitiva. Justo cuando el Poder Judicial también se encuentra en el medio de la tormenta a raíz de los proyectos de reforma que se debaten en el Congreso. Precisamente, la presidente Cristina Kirchner señaló que “la ley de medios es solo la punta del iceberg del problema global de la Justicia en el país, porque es un poder del Estado y debe ser tan democrático como lo son el Ejecutivo y el Legislativo. Esto es así de simple, y tienen que entenderlo” y afirmó que el fallo de la Cámara Civil “me dejó sin habla, me enmudeció”. La palabra está en manos de la Corte.