El Gobierno Nacional publicó la más reciente reglamentación sobre el cultivo de cannabis en Argentina y reduce la capacidad de cultivo, así como también obliga a que los profesionales de la salud deban tener una diplomatura en el uso medicinal de la planta. Colectivos, organizaciones, asociaciones y cultivadores que defienden los derechos y libertades de los usuarios creen que será un retroceso en la ley y están atentos a cómo se implementará esta normativa.
Mediante la Resolución 3.132/2024, publicada el 20 de agosto en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud de la Nación introdujo cambios significativos en el Registro del Programa Nacional de Cannabis Medicinal (REPROCANN). Estos cambios buscan regular aspectos cruciales como el perfil del cultivador solidario y la operativa de las ONG, entre otros.
Puntos principales de la Resolución
El registro para cultivadores solidarios se limita a dos personas, incluyéndose a sí mismo, y las ONG deberán estar registradas y habilitadas ante los organismos de inscripción y fiscalización correspondientes a cada jurisdicción.
Se exige la notificación al municipio del objeto de la ONG o Asociación Civil, además es necesario que las ONG tengan como parte de su objeto social la finalidad sanitaria y la investigación del uso medicinal de la planta, sus derivados y tratamientos no convencionales.
Los miembros de la comisión directiva de las ONG no deben tener antecedentes penales. Para solicitar la inscripción en el REPROCANN, es requisito excluyente contar con indicación médica para el uso de cannabis y sus derivados por parte de un profesional registrado en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) y que cuente con una Diplomatura o Maestría sobre el uso medicinal de la planta.
Esta reglamentación oficial demuestra que, lamentablemente, aún estamos lejos de superar el prohibicionismo. En Argentina no es posible hablar de clubes de cultivo mientras haya personas encarceladas por cultivar y las leyes reducen en lugar de ampliar derechos.