Una ciudad sin trapitos

En el marco de una reforma del Código de Contravenciones porteño, la legislatura de la ciudad aprobó modificaciones en el Artículo 79 de dicha norma por la que se prohíbe la actividad de los denominados «trapitos» y cuidacoches. Hasta ahora solo se los podía sancionar si se probaba que para la entrega del dinero el conductor había sido extorsionado.

El proyecto fue aprobado tras un largo debate en la última sesión ordinaria del año, con 40 votos a favor y 20 en contra. Afirmativamente se manifestó casi la totalidad del oficialista bloque de Vamos Juntos (integrado por el PRO, Confianza Cívica -el partido de Graciela Ocaña- y la Coalición Cívica). Esta última agrupación de cuatro legisladores se manifestó negativamente junto con el kirchnerismo, el peronismo y la Izquierda. Para superar el mínimo necesario de 31 votos, el oficialismo recibió el respaldo del Partido Socialista.

A partir de estos cambios esta contravención será una pena con agravantes cuando se realice en grupo o de forma organizada, condenando de 5 a 15 días de arresto a los integrantes de esa asociación «y se eleva al cuádruple para los jefes/as y/o coordinadores/as». Esto se aplicará en el caso de que pueda haber una barra brava detrás del trapito o cuando la actividad tenga lugar en las inmediaciones de una cancha de fútbol, un predio donde se realice un recital o alguno de los parques porteños.

Desde ahora, el mero hecho de ofrecerse para cuidar el coche será punible. Solo estarán autorizados quienes cuenten con la «tarjeta azul» que otorga la Ciudad a discapacitados, jubilados y otros.

Además, la multa será de entre 892,5 y 5.355 pesos. Pero a futuro podrían encarecerse, porque las sanciones económicas se establecen en base a Unidades Fijas, cuyo valor se actualiza semestralmente de acuerdo al precio de la nafta.

«¿Quién puede estar en contra de votar cuando tratamos de pelear contra las mafias?», remarcó el diputado oficialista y presidente de la Comisión de Justicia, Daniel Presti, durante el tratamiento del proyecto.

¿Criminalización o sanción?

Desde la oposición, Leandro Santoro de Unidad Ciudadana, consideró que esta norma busca «la criminalización del trabajo informal en la vía pública, de gente que subsiste con esto». Gabriel Solano, del Frente de Izquierda, expresó que la ley «implica una verdadera manipulación» y que el macrismo quiere «hacer pasar este código represivo en nombre de la (lucha contra la) violencia de género», ya que también contiene artículos contra el acoso callejero y la difusión de imágenes íntimas. «Con este tipo de medidas que se van a aprobar hoy, lo único que se va a incrementar es la capacidad de coacción del Estado para cobrarle ‘coimas’ a los trapitos», afirmó Solano.

Desde la Coalición Cívica se coincidió en que no se debía «criminalizar» a personas que cuidan coches porque no tienen otro medio de ingreso. Por el contrario, quienes respaldaron la ley hicieron foco en la necesidad de combatir a las organizaciones que lucran en el espacio público. «No se pude castigar a una persona por lo que no hizo, por la posible comisión del delito. La lucha contra las mafias se aborda desde la decisión política de combatirlas», aseguró Maximiliano Ferraro, de la Coalición Cívica.

Esta diferencia de opinión provocó que el bloque oficialista votara dividido. El socialismo decidió apoyar los cambios al incorporarse el agravante de su realización en cercanías de estadios.

«Demanda de larga data»

La idea de sancionar a los trapitos no es la primera vez que se trata en el recinto. Las primeras propuestas, en este sentido, se remontan a cuando Mauricio Macri era jefe de Gobierno porteño. El actual vicejefe, Diego Santilli, a cargo del área de seguridad, sostuvo que «a partir de ahora los vecinos van a tener una legislación que los proteja de las mafias que operan en el espacio público». Por su parte, el vicepresidente 1° de la Legislatura, Francisco Quintana, agregó que atendieron «una demanda de larga data de los vecinos». Los intentos previos siempre fueron bloqueados por la falta de votos.

Las penas a los trapitos y demás contravenciones establecidas en el Código serán más graves si la víctima es una mujer. «Se aumentan las penas cuando la conducta esté basada en la desigualdad de género», indicó Natalia Fidel, de Confianza Pública.

Ciberdelitos y oferta sexual

Por otra parte, se crean nuevas figuras contravencionales como los «ciberdelitos» y se sancionarán los avisos callejeros de oferta sexual. «Es una buena reforma, que busca cuidar el espacio público, que es el espacio democrático por excelencia», afirmó Presti.

Uno de los puntos que no se incorporó fue el pedido del radicalismo de que se habilite a ofrecer el servicio de cuidacoches de manera legal cuando exista un «estado de necesidad justificable» para que no se castigue a la persona que hace esa actividad para subsistir.

Dos aspectos que generaron un fuerte debate fueron el hecho de que la policía pueda detener a una persona si es sorprendida cometiendo una contravención dentro de las 72 horas después de haber sido advertida para que dejara de cometer esa infracción. El segundo fue el artículo que pena los ruidos molestos, a excepción de las manifestaciones artísticas a la gorra. Legisladores opositores manifestaron que «quedará a consideración exclusiva de la policía» qué sonido sobrepasa los «niveles normales» y cuáles no.

«No es lo mismo 100 vándalos destrozando el Obelisco y los comercios, que los hinchas de un club festejando por su día. No es lo mismo un boliche que aturde a los vecinos, que un grupo de chicos practicando con la murga», señaló Roy Cortina, del socialismo.

Igualdad de género

Los cambios en al Código aumentan las sanciones contra la violencia sexual o de género, con la contravención de «Hostigamiento e Intimidación», de «Maltrato» y de «Acoso Sexual». Actualmente, las dos primeras están englobadas en una sola contravención y ahora serán tres independientes con la creación de la de acoso.

En orden de gravedad según las penas previstas, la de «Hostigamiento e Intimidación» tendrá una sanción de uno (1) a cinco (5) días de arresto, uno (1) a cinco (5) días de trabajos de utilidad pública o una multa económica de 80 a 400 Unidades Fijas; la de «Maltrato» contará con la misma pena de arresto, la misma multa económica y el doble de días de trabajo de utilidad pública. En lo que hace al «Acoso Sexual» la pena será de de arresto de uno (1) a cinco (5) días y la misma multa económica que es de 1.360 a 6.800 pesos. Estas sanciones tendrán agravantes cuando la conducta esté basada en la desigualdad de género o cuando la contravención la cometa quien haya mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia.