Condena tardía, ¿y justa?

Después de 22 años de ocurridos los hechos, llegó la sentencia en el caso Bulacio. El excomisario Miguel Ángel Espósito fue condenado a 3 años de prisión en suspenso por lo que no irá preso y el acusado no estuvo presente en la lectura de la sentencia por problemas de salud.
caso bulacioEl Tribunal Oral en lo Criminal 29 conformado por los jueces Rodolfo Goerner, María Cristina Deluca Giacobini y Alejandro Litvacks, encontró al excomisario culpable de privación ilegal calificada de Walter Bulacio, pena agravada por tratarse de un funcionario público. También fue inhabilitado para ocupar cargos públicos por el doble de tiempo que dure la pena. El viernes próximo se hará la lectura de fundamentos de la condena.
María-del-Carmen-VerdúDespués de conocida la sentencia, la abogada María del Carmen Verdú señaló que “nuestro objetivo está cumplido. Sabíamos que a Walter lo mató la policía” y añadió que los miembros de la fuerza «matan y torturan porque sostienen un sistema de explotación y desigualdad», y agregó que «les enseñan quién manda y a quién deben obedecer». Además, expresó que “esta es la pena máxima que puede aplicar el Estado, lo cual demuestra la indefensión de la sociedad frente a la arbitrariedad de la policía», denunció Verdú.
Sin embargo, la abogada aclaró que a Espósito “se lo juzgó por un delito menor. La causa Bulacio es el expediente que mejor demuestra hasta dónde pueden llegar los gobiernos para defender a sus herramientas represivas. El comisario Espósito hizo lo que le mandaron hacer, como a todos los policías, los prefectos y los gendarmes», afirmó Verdú.
En caso de haber sido juzgado por la muerte del joven, el exjefe policial podría haber sido condenado a cadena perpetua, ya que era un caso de torturas seguido de muerte, precisó la representante de la familia del joven asesinado. La letrada detalló que «este es el juicio que ningún gobierno nos quería dar, porque no quieren esto, al pueblo organizado en la calle diciendo las cosas como son».

Foto: DyN
Foto: DyN

Un punto a destacar, y no precisamente por ser favorable, es que la sentencia dictada no puede ser apelada porque es de la mitad de la pena solicitada por la querella. Mientras que el fiscal Horacio Fornaciari había pedido dos años de cárcel, la querella reclamaba una condena de seis. Por el contrario, el abogado defensor Pablo Argibay Molina había requerido la absolución del excomisario y sostuvo que existían una serie de nulidades ocurridas en el juicio.
Durante los alegatos, la abogada Verdú manifestó que hubiera preferido esperar otros 20 años más para que en el debate se discutieran las torturas y la muerte de Bulacio, que el Estado argentino reconoció y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) consideró probados.
La hermana de Walter, Tamara Bulacio, dijo que “todos los que estuvieron esa noche tienen que pagar. La Justicia es lenta, es una mierda. Espósito tendría que haber sido juzgado por la muerte, pero al menos se hizo algo».
En octubre de 2003, un dictamen de la CIDH condenó a Argentina por violar los derechos humanos de Bulacio, ordenó que se cambiaran algunas leyes vigentes como la autorización a razias policiales y pidió abrir o impulsar las investigaciones penales del caso. Hace diez años, el cierre de la causa «por prescripción» se encontraba a consideración de la Corte Suprema Nacional.
La CIDH determinó que el Estado argentino debía «proseguir y concluir la investigación» y «sancionar a los responsables». Además, le ordenó garantizar que «no se repitan hechos como los del presente caso, adoptando las medidas legislativas y de cualquier otra índole que sean necesarias». También fijó un pago a la familia de Bulacio de 124.000 dólares por «daño material», 210.000 dólares por «daño inmaterial» y 40.000 dólares por costas y gastos.
El caso Bulacio
walter bulacioEl 19 de abril de 1991, Walter Bulacio, que en ese entonces tenía 17 años, llegó tarde a un recital de Patricia Rey y los Redonditos de Ricota en el Estadio Obras Sanitarias. Allí fue sorprendido por una redada de policías pertenecientes a la comisaría 35° cuyo jefe era el comisario Espósito. El adolescente pasó la noche en la seccional, donde habría sido sometido a fuertes castigos, se descompuso y salió a la mañana siguiente rumbo al Hospital Pirovano. Murió seis días después. Como la causa del crimen prescribió, Espósito solo fue juzgado por la detención de Bulacio.
La detención del joven se había efectuado bajo las disposiciones del «Memorando 40», una norma que permitía que la policía detuviera a un menor sin que interviniera la justicia cuando no haya cometido delitos. Esta herramienta había surgido de las recomendaciones de dos jueces de menores, en 1965. Y la Policía la había ratificado durante la dictadura militar.