Como cada 8 de marzo, se conmemora un nuevo Día Internacional de la Mujer. Sin embargo, este día no es un logro conquistado en el siglo pasado. Desde épocas anteriores hay antecedentes de esta lucha que, finalmente, en el Siglo XX se lograron los mayores reconocimientos a los derechos femeninos.
Se suele mencionar como el hecho que desencadena el gran movimiento en pos del reconocimiento de los derechos de la mujer al incendio ocurrido el 25 de marzo de 1911 en la fábrica “Triangle Shirtwaist Company” en New York, donde murieron más de un centenar de trabajadoras. Esta tragedia sucedió a los pocos días de haberse celebrado, el 19 de marzo de dicho año, el Día Internacional de la Mujer en varios países de Europa y que, en ese primer encuentro, participaron más de un millón de personas que reclamaban las siguientes reivindicaciones:
El derecho a voto.
El derecho a la ocupación de cargos públicos.
El derecho a la formación profesional.
El derecho al trabajo y a la no discriminación por el mero hecho de ser mujer.
Finalmente, en 1977 la Organización de las Naciones Unidas (ONU) adoptó el 8 de marzo como el Día de los Derechos de las Mujeres y la Paz, al conmemorar la lucha de mujeres, inmigrantes y trabajadoras que salieron a las calles para pelear por las injustas condiciones de trabajo a las que estaban sometidas. Pero el punto en cuestión va más allá de cómo se originó esta conmemoración, la reflexión principal debería girar en torno al por qué de la existencia de un día de la mujer o, yendo aún más allá, en su validez. Y no porque no merezcan un reconocimiento pero, ¿declarar un día de la mujer?
Es muy importante que no se banalice una fecha así, evitar que se convierta en un “día comercial” como algunos señalan que son el día del niño, de la madre o del padre, en el que hacemos un presente para quedar bien y el resto del año nos olvidamos del respeto a la otra persona.
Podríamos preguntarnos, por ejemplo, sobre su necesidad cuando se habla tanto de discriminación, ya que marcar un día queda como la sensación de un pedido de disculpas por algo que, lamentablemente, se está volviendo demasiado común: la violencia de género.
Al respecto de este asunto, en nuestro país hay legislación sobre el tema: la Ley 26.485 de “Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en los que se desarrollen sus relaciones interpersonales”, sancionada el 11 de marzo de 2009, cuyo órgano de aplicación es el Consejo Nacional de la Mujer, dependiente de la Jefatura de Gabinete de la Nación.
Lamentablemente, según partidos opositores, no se destinan los fondos necesarios para que funcionen los organismos que establece dicha norma. “La ley es muy buena, pionera en América Latina, pero prácticamente no se cumple en nada y hace agua por todos lados», dijo la diputada nacional por la UCR, María Luisa Storani. Además, señaló que no hay respuesta a los pedidos de informes elaborados cada año desde el Congreso y que las únicas cifras de violencia que existen son las que consiguen “con mucho esfuerzo y pocos recursos” las organizaciones no gubernamentales. Según las cifras obtenidas durante el año 2012, murieron 255 mujeres por violencia de género en el país y el 63 por ciento a manos de sus parejas o sus ex. “Actualmente es el Observatorio de Femicidios en Argentina Adriana Marisel Zambrano, de la Casa del Encuentro, la mejor fuente de información sobre femicidios en nuestro país por la falta de estadísticas oficiales”, señaló la diputada.
Respecto del del cumplimiento de la ley la legisladora menciona que “el Consejo Nacional de las Mujeres, organismo responsable de aplicación de la Ley 26.485, es débil, sin respaldo político, trabaja aislado, sin escuchar ni a los centros académicos, ni a las organizaciones de mujeres, ni a los legisladores y legisladoras que reclamamos un cambio drástico en la planificación y ejecución de políticas contra la violencia de género. Es un organismo ausente de la vida política del país a pesar de tener enormes responsabilidades”.
Las funciones que este organismo tiene son: el diseño de las políticas públicas para elaborar, implementar y monitorear un Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, entre otras responsabilidades.
Otra ley sobre las cuestiones de género que afectan a las mujeres es la ley de trata de personas que fue mejorada en algunos aspectos tras el discutido fallo del caso Marita Verón. Como una herramienta para erradicar el odio de género, Storani mencionó el uso de los medios de comunicación y, para ellos, elaboró un proyecto para promover el uso útil del gasto estatal en Fútbol para Todos, para implementar una fuerte campaña contra la violencia de genero.
Y si hablamos de leyes, existe la ley de cupo femenino y también se podría pensar hasta dónde es discriminación positiva fijar un porcentaje de candidatas de sexo femenino. ¿No tienen la capacidad para que haya una lista completamente conformada por mujeres? Por supuesto que la tienen, por lo tanto, la composición debería estar determinada por la capacidad y no por una mera cuestión de género.
Más que tener un día dedicado a la lucha por los derechos de las mujeres hay que realizar un cambio cultural de real importancia y dar un salto cualitativo en la lucha contra el sexismo: en cada casa, en cada barrio, en cada ciudad debemos desnaturalizar la violencia y erradicarla de nuestras vidas. En definitiva, se trata de que el trato al ser humano sea digno, el que corresponde y sin distinción de género.
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